Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Durante la sesión pública ordinaria celebrada en el recinto del Congreso del Estado de Tamaulipas, la Diputada Laura Patricia Pimentel compareció ante el pleno Legislativo de dicho órgano para presentar una iniciativa de Punto de Acuerdo mediante el cual se exhorta a los 43 ayuntamientos del Estado de Tamaulipas a incentivar acciones a favor del medio ambiente, al derecho al agua y a su saneamiento, llevar a cabo una mitigación de impactos ambientales a causa de la expansión urbana irregular sobre los municipios, así como el fomento de buenas prácticas para el orden urbano ordenado y sustentable.
La Diputada victorense de Movimiento Ciudadano destacó que el agua potable y su saneamiento son indispensables para vivir, así como para mantener saludable a todo ser vivo, por ello, refirió al artículo 4 párrafo quinto de la Constitución mexicana para mencionar que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, saludable, aceptable y asequible, en donde el Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
Por lo anterior mencionado es que la abanderada naranja busca que se exhorte a los estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a una mejor capacitación y el uso de tecnología para ayudar a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos.
Por ello, la Diputada Patricia Pimentel pone a consideración por medio de dicha iniciativa que, la Sexagésima Cuarta Legislatura del H. Congreso del Estado de Tamaulipas, exhorte de manera respetuosa a los 43 ayuntamientos del Estado de Tamaulipas para hacer de conocimiento público de todos, los instrumentos de planeación del ordenamiento ecológico territorial, así como de desarrollo urbano, que cuenten con aprobación y publicación vigente, con la finalidad de promover y proteger el derecho de las personas al seguimiento y evaluación de políticas públicas, planes y programas que tengan en determinar el desarrollo de los municipios, a fin que garantice la transparencia, difusión y el acceso a la información, sin afectar sus facultades en la materia y en el ámbito de sus correspondientes atribuciones.
Además, se señala que se informe al mencionado órgano legislativo, todas las acciones con la finalidad de crear o adecuar todas las disposiciones reglamentarias en ámbito de sus competencias relacionadas con el fomento al desarrollo urbano ordenado y sustentable, ordenado a la ley general de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano, que garantice la atención prevista en su artículo tercero transitorio de la referida ley.